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Diccionario de seguros – ¡Cotizá y compará todos tus seguros!
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Diccionario de seguros

Diccionario de seguros

 

ENCONTRA ACA LO QUE ESTÁS BUSCANDO.

Accidente: acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad

Accidentes personales: El asegurador se compromete al pago de las prestaciones estipuladas en Póliza de seguro, en el caso que la persona designada en la misma como Asegurado sufriera durante la vigencia del seguro algún accidente que sea la causa originaria de su Muerte o invalidez permanente o temporaria, total o parcial y siempre que las consecuencias del accidente se manifiesten a mas tardar dentro de un año a contar desde la fecha de ocurrido el mismo.

Activos no admitidos: activos que, de acuerdo con la reglamentación gubernamental, no son aceptables para ser incluidos en el balance de una compañía de seguros de vida.

Actuario: profesional titulado especializado en cálculos matemáticos y conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras en todas aquellas materias de índole técnica, esenciales para la determinación de las tarifas, primas del seguro, cálculo de reservas, etc.

Acuerdo de liquidación: un acuerdo contractual que rige los derechos y obligaciones de las partes después del siniestro, en el que se pacta la indemnización.

Acuerdo de retraso de la prima: permite al contratante de la póliza colectiva postergar el pago de las primas mensuales del seguro colectivo durante un período estipulado de tiempo, después del vencimiento del período de gracia de la póliza.

Acuerdo retrospectivo de fijación de prima: el asegurador acepta cobrar al contratante de la póliza colectiva una prima mensual inferior a la que cobraría normalmente por el plan colectivo de seguro de salud y el contratante de la póliza acepta pagar un monto adicional al asegurador si al final del año de vigencia de la póliza, la experiencia de reclamaciones del grupo ha sido desfavorable.

Afianzadora Latinoamericana: Compañía de seguros de caución, 25 de Mayo 81, Piso 4º ( 1002) CABA Tel. 4331-2320.

Agencia: una oficina que es establecida y mantenida por un agente general.

Agente: es la persona que es autorizada por la parte principal de un contrato para actuar en su nombre en cualquier tipo de transacciones contractuales con terceras personas.

Agente de seguros: una persona autorizada por una compañía de seguros para representar a esa compañía en sus negociaciones con personas que solicitan seguros.

Agentes exclusivos: agentes que representan productos de una sola compañía y no se les permite vender los de otra.

Agravación del riesgo: modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o Asegurado deberá, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador, todas las circunstancias que agraven el riesgo. Solo se debe denunciar la agravación del riesgo que obedezca a motivos específicamente previstos en el contrato.

Agro (seguros de): Existen diversos tipos de seguros relacionados al agro, como:

    • Integral agropecuario: destinado a cubrir los riesgos habituales de un establecimiento.
    • Silo bolsa: coberturas para cereales en silo bolsa.
    • Granizo: caída de piedra graniza en campos.
    • Sequía.
    • Inundación.
    • Incendio.

Agrosalta:

      Compañía de seguros generales. 20 de Febrero 197 E.P. (4400) Salta. Teléfono (0387) 401-1610/11.

Alba: Compañía de seguros de caución. Av. Pedro Luro 2630 Piso 2º Depto. 3 y 4 (7600) Mar Del Plata .Teléfono 4343-9411/9610.

Alico: Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. Peron 646 Piso 3° (1038) CABA Teléfono 4340-3500 0-800-2225426 4340-3581.

Allianz: Compañía de seguros generales y vida. San Martín 550 (1004) Buenos Aires. Teléfono 4320-3800/01.

American Home: Compañía de seguros de garantías extendidas: Pte. Perón 646 piso 4° (1038) CABA 4909-7400.

Antartida: Compañía de seguros generales: 25 de Mayo 674 (1002) CABA Teléfono 5236-5206.

Argentina Salud y Vida: Compañía de seguros de vida. Montevideo 431, Piso 3º y 4º (1019) CABA Tel 4372-6115

Argos: Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Esmeralda 288, Piso 6° (1035) CABA Tel 4323-1200 ó 4326-5851/54.

ACG (Aseguradora de Créditos y Garantías): Compañía de seguros de caución. Maipú 71, piso 4º (1084) CABA Tel. 4320-7200

ATM (Aseguradora Total Motovehicular): Compañía de seguros generales. Tres de Febrero 1902 PISO 7º (1428) Tel. 4786-9406.

Aseguradora de Cauciones: Compañía de seguros de cauciones. Paraguay 580 (1057) CABA 5235-3700.

Asociart ART: Compañía de riesgos del trabajo. L. N. Alem 621/639 (1001) CABA 4317-7400.

Assekuranska: Compañía de seguros de transporte. Carlos Pellegrini 989, Piso 12º (1009) CABA 5254-5267.

Assurant Argentina: Compañía de seguros de garantías extendidas. Ingeniero Butty 240, Piso 15º (1001) CABA 4121-8666.

BHN Seguros: Compañía aseguradora del Banco Hipotecario Nacional. Reconquista 46, 8º Piso (1003) CABA 4347-1050/1051.

Amortización: es el proceso por medio del cual un préstamo es gradualmente pagado o cancelado, haciendo pagos periódicos del capital y los intereses durante la duración del préstamo.

Aniversario de la póliza: es el aniversario de la fecha en que se emite la póliza.

Aporte al excedente: en las compañías de seguros mutuos, el ingreso adicional de dinero el cual es mayor a la cantidad necesaria para pagar el costo de proporcionar seguros.

ART: Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son empresas privadas contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Asegurado: la persona cuyo patrimonio, vida o salud se asegura en la póliza.

Asegurador: empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

Asegurable: es la persona que se propone como asegurado (antes de emitida la póliza).

Asegurados colectivos: las personas cubiertas por una póliza de seguro colectivo.

Auditor: persona especializada en el análisis de la situación y evolución de las Aseguradoras, mediante cuyos conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, evalúa el estado de las entidades en un momento determinado, cuya función primordial es el asesoramiento y certificación de los documentos (Balances, Declaraciones Juradas, etc.), que las aseguradoras tienen obligadamente que elaborar de acuerdo a la normativa vigente.

Anulación: implica la nulidad del contrato de seguros, quitándole validez y extinguiendo las obligaciones de las partes. Existen distintos tipos de anulaciones:

      • Anulación por falta de pago: cuando la aseguradora declara nulo el contrato al no haber recibido en tiempo y forma los pagos acordados en la póliza.
      • Anulación por desistimiento: cuando el asegurado solicita a la compañía aseguradora la anulación, por su propia decisión. El asegurado puede anular su póliza en cualquier momento y sin expresar razón alguna.
      • Anulación por venta: en seguros de auto, el asegurado puede solicitar la anulación de la póliza por la venta del vehículo.
      • Anulación por inexistencia del bien asegurado: se anula el contrato de seguros cuando el bien ya no existe.
      • Anulación por reemplazo: cuando la aseguradora anula la póliza pero la reemplaza por otra, con consentimiento del cliente, usualmente para corregir errores de la primera.
      • Anulación desde inicio: cuando se anula el contrato desde su comienzo, devolviendo la prima al asegurado. Las compañías solo emplean este tipo de anulación cuando existe una causa justa que lo amerite, por ejemplo que el asegurado demuestra no haber dado el consentimiento para la contratación de dicha póliza.
      • Anulación por decisión de la aseguradora (de la compañía): es una anulación unilateral por parte del asegurador. La ley argentina le obliga a notificar por carta documento al asegurado con 15 días previos a la anulación, pero no está obligada a dar razones y esperar consentimiento del asegurado. Por lo general se anulan pólizas por decisión de la compañía, cuando hay sospecha de fraude por parte del asegurado; pero puede haber otras razones.

Beneficiario: la persona o parte que el contratante de la póliza ha designado para recibir el beneficio de la misma.

Beneficiario contingente: quien recibirá el producto de la póliza si el beneficiario primario muere antes que el asegurado.

Beneficiario irrevocable: el contratante de la póliza no tiene derecho a cambiar la designación de beneficiario, a menos que el beneficiario lo conceda.

Beneficiario primario: la parte designada para recibir el producto de la póliza a la muerte del asegurado.

Beneficiario revocable: el beneficiario de una póliza de seguro de vida cuya designación como beneficiario puede ser cancelada por el dueño de la póliza en cualquier momento antes de su muerte.

Beneficio de asegurabilidad garantizada: con frecuencia es proporcionado por una póliza que otorga al contratante de la póliza el derecho a comprar un seguro adicional del mismo tipo que la póliza de seguro de vida a la cual se adjunta la cláusula adicional sin presentar evidencias de asegurabilidad.

Beneficio de doble indemnización: sucede cuando el monto del beneficio de muerte accidental es igual al monto nominal de la póliza de seguro de vida.

Beneficio de enfermedad catastrófica: el asegurador acepta pagar una porción del monto nominal de la póliza a un contratante de póliza-asegurado que sufre una enfermedad determinada.

Beneficio de enfermedad terminal: un beneficio en el cual el asegurador paga una porción del beneficio de muerte establecido en la póliza a un contratante de póliza-asegurado afectado por una enfermedad terminal y cuya expectativa de vida, según certificación médica, es de 12 meses o menos.

Beneficio de exención de pago de prima por invalidez: el asegurador promete renunciar a su derecho a cobrar las primas de renovación que venzan mientras el asegurado está en estado de invalidez total.

Beneficio de incaducidad: beneficios disponibles para el dueño de una póliza de seguro de vida que acumula un valor efectivo.

Beneficio de ingresos por invalidez: establece el pago de una renta mensual al contratante de la póliza-asegurado en el caso de invalidez total.

Beneficio de la póliza: cierto monto de dinero que la compañía de seguros conviene pagar cuando ocurre una pérdida específica. También se conoce como producto de la póliza.

Beneficio de muerte accidental: si el beneficiario muere como consecuencia de un accidente, el asegurador pagará al beneficiario designado un monto en dinero además del beneficio básico por muerte estipulado en la póliza de seguro de vida.

Beneficio de opción de adiciones saldadas: permite al dueño de una póliza de seguro de vida entera comprar adiciones liberadas de prima única, en fechas determinadas en el futuro y, por lo tanto, aumentar el monto de cobertura proporcionado bajo la póliza básica.

Beneficio de familia: es una cláusula de una póliza de seguro de vida que provee cobertura temporal a la esposa/esposo e hijos del asegurado.

Beneficio por muerte: la cantidad de pagada o a ser pagada cuando una persona asegurada bajo una póliza de seguro de vida muere. Esta cantidad no incluye ajustes por dividendos o préstamos.

Beneficio residual por invalidez parcial: es el pago del beneficio de ingreso por invalidez que se efectúa a un asegurado parcialmente incapacitado.

Beneficios de invalidez: beneficios que son pagados periódicamente mientras el asegurado continúa sufriendo de invalidez. “Estar invalido” generalmente es definido en términos de la incapacidad para trabajar. Ver invalidez total.

Berkley: Compañía de seguros generales, vida y ART. Mitre 699 (2000) Rosario (0341) 4104200.

Bernardino Rivadavia: Compañía de seguros generales. Avenida 7 755, La Plata, tel (0221) 513-3200

Binaria: Compañía de seguros de vida del grupo Osde. Av. L. N. Alem 1050, Piso 12º (frente) (1001) CABA 4310-5054/5305/5306/5262.

Bonacrossi Seguros: Compañía de seguros de sepelio. Chiclana 380 (8000) Bahía Blanca (0291) 455-0950.

Boston: Compañía de seguros generales. Suipacha 268 – 3°,4° y 10°piso (1008) CABA 4324-5555.


Caducar: si una prima de renovación no se paga al término del período de gracia se dice que ha caducado.

Caja, La (Seguros SA): Compañía de seguros generales, vida y ART. Fitz Roy 957 (1414) CABA 4857-8118.

Caminos Protegidos: Compañía de seguros generales, Venezuela 823 1º Piso (1096) CABA Teléfono     5288-7600 3535-3798.

Capacidad contractual: la capacidad legal para suscribir contratos.

Capital asegurado: Se llama así al máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.

Cardiff Seguros: Compañía de seguros generales (bancarios), Av. Alicia M. de Justo 170, Piso 3º (1107) CABA  4315-2726/1454.

Carencia: período durante el cual el Asegurado paga primas pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada. Solo se aplica en los Seguros de Vida y enfermedades para evitar posibles fraudes y antiselección.

Caruso Seguros: Compañía de seguros generales. Av. M. T. de Alvear 328 (5000) Còrdoba Tel. 351 421-1112/3 422-7728

Caución: El seguro de caución, o seguro de garantía, es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste. Tipos de seguros de caución:

      • Garantías aduaneras: seguro destinado a avalar diferentes obligaciones derivadas del Código Aduanero y otras normas vinculadas al comercio exterior. Tipos de garantías aduaneras:
        • Tránsito Terrestre: se cubren los derechos de importación de mercaderías ingresadas con destino a otra aduana de despacho o de salida del país.
        • Falta de Documentación: permite al importador el retiro de la mercadería sin demoras, garantizando la posterior presentación de la documentación de embarque.
        • Importación Temporal: permite a exportadores la incorporación de insumos importados a sus productos sin abonar los derechos de importación, garantizando su posterior reexportación.
        • Diferencias de Derechos: utilizable cuando se presentan controversias sobre las tasas o derechos aplicables a la importación de que se trate.
        • Garantías contractuales: son aquellas que reconocen su existencia como fianzas accesorias en un contrato base que les da vida. Este contrato puede ser de obra, suministro o servicio, y pertenecer tanto al ámbito público como al privado.
          Según cuál sea el tipo de contrato y la obligación a garantizar existen pólizas específicas, con variantes en cuanto a los tipos de cobertura, su alcance y condiciones. Tipos de garantías contractuales:

          • Mantenimiento de Oferta: ampara la obligación de mantener la oferta presentada y de firmar el contrato en caso de resultar adjudicado, presentando la garantía de ejecución de contrato.
          • Ejecución de Contrato o Adjudicación: garantiza el cumplimiento del contrato en tiempo y forma. Comunmente, las normas de contratación prevén su constitución por un valor de entre el 5% y 15% del contrato garantizado.
          • Anticipos Financieros o por Acopios: cubre la aplicación del dinero recibido al efectivo cumplimiento de los trabajos contratados, liberándose conforme al avance del contrato o con el acopio en obra de los materiales.
          • Sustitución de Fondos de Reparo: respalda la obligación del contratista o proveedor de subsanar las deficiencias por vicios ocultos, sustituyendo la retención líquida prevista en el contrato. Su liberación opera al momento de cumplirse el periodo de garantía del contrato.
          • Tenencia de Bienes o Materiales: cubre la devolución al Asegurado de bienes o materiales que han sido entregados para uso, reparación o incorporación a la obra, suministro o montaje a cargo del Tomador. La garantía es por el valor de dichos bienes o materiales.
          • Avance de Fabricación en Taller: garantiza el dinero recibido por el Tomador durante la fabricación de un bien y previo a su entrega.
          • Garantías judiciales: Las garantías judiciales ponen a disposición de los litigantes un medio idóneo y económicamente accesible para garantizar sus obligaciones procesales cuando el Código respectivo así lo exige. Básicamente, el seguro de caución para garantías judiciales es aplicable en toda situación en la que un juez ordene la constitución de una garantía propia del derecho privado, ya que permite que se indemnicen perjuicios, créditos, costas y multas cuando se incumple lo acordado.
          • Caución IGJ: es un seguro de caución obligatorio que exige la Inspección General de Justicia a todos los directores de sociedades por acciones en la resolución 20/2004. Dicha caución tiende a garantizar el cumplimiento de las obligaciones frente al órgano por parte de los directores.
          • Garantías comerciales: Existen diferentes tipos de coberturas que son solicitadas como requisito para la inscripción en ciertos registros habilitantes de profesionales y proveedores de servicios son las que conforman las garantías comerciales. Por ejemplo: los Almacenadores y Comercializadores de Combustibles Líquidos y/o GNC, Agencias de Turismo, Auditores de Seguridad, Martilleros y Corredores Inmobiliarios y Servicios de Transporte para turismo.

Certificado de cobertura: documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como ser: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.

Cesión absoluta: una cesión de una póliza de seguro de vida o de renta vitalicia bajo la cual el propietario de la póliza traspasa todos sus derechos de propiedad sobre la misma al cesionario.

Cesión de beneficios: una autorización del asegurado para que el asegurador pague los beneficios directamente al proveedor de un servicio médico.

Cesión prendaria: una cesión temporal del valor monetario de la póliza de seguro de vida o de renta vitalicia como garantía por un préstamo.

Cheque pre-autorizado: una técnica de pago de prima automático bajo el cual el dueño de la póliza autoriza a la compañía de seguros para generar cheques contra la cuenta corriente o la cuenta de ahorros del dueño de la póliza.

Chubb Seguros: Compañía de seguros de cauciones. Hipolito Bouchard 710 Piso 11º (1106) CABA 4510-1500.

Clames made: es una modalidad de seguros de responsabilidad civil profesional. Establece que se indemnizarán los siniestros reclamados durante la vigencia establecida en el contrato de seguros, sin importar la fecha de ocurrencia de los mismos.

Cláusula: se refiere a las disposiciones del contrato de seguros.

      • Cláusula adicional una modificación a una póliza de seguro que pasa a ser parte del contrato de seguro ya que amplía o limita los beneficios pagaderos en virtud de dicho contrato.
      • Cláusula de ajuste: establece que la aseguradora se compromete a contemplar la variación del valor del bien asegurado entre aquel que figure como capital asegurado  en póliza contra el valor de mercado, en hasta un porcentaje especificado en la póliza. Usualmente aparece en pólizas de seguros de auto en porcentajes de 10% a 50%.
      • Clausula de estabilización: especifica que la aseguradora se compromete a actualizar las sumas aseguradas de la póliza, frente a un siniestro, aplicando el índice de precios correspondiente (de valores de la construcción por ejemplo), en hasta un porcentaje especificado en póliza.
      • Cláusula exclusión especifica que no se otorgarán beneficios por ningún siniestro resultante de la condición especificada en la cláusula.
      • Cláusula de acciones legales limita el plazo durante el cual un reclamante que está en desacuerdo con la decisión del asegurador con respecto a la reclamación tiene derecho a demandar el asegurador para cobrar el monto que el reclamante considera que se le adeuda bajo la póliza.
      • Cláusula de beneficiario preferencial estipula que si el dueño de la póliza no designa a un beneficiario, entonces el asegurador pagará el producto de la póliza en un orden de preferencia establecido.
      • Cláusula de beneficio de muerte acelerada estipula que un contratante de póliza-asegurado puede elegir entre recibir la totalidad o parte del beneficio de muerte de la póliza antes de su muerte si se cumplen ciertas condiciones.
      • Cláusula de beneficios complementarios es agregada a una póliza de seguro para proveer beneficios adicionales.
      • Cláusula de cesión describe el papel del asegurador y del propietario de la póliza ante la cesión de la póliza.
      • Cláusula de condiciones preexistentes donde se establece que el asegurador no pagará beneficios por una condición preexistente hasta que (1) el asegurado haya estado cubierto bajo la póliza por un período de tiempo determinado y (2) que la condición fue revelada en la solicitud.
      • Cláusula de exclusión por suicidio rige el pago del producto de una póliza si el asegurado muere como consecuencia de suicidio, solo para seguros de vida.
      • Cláusula de incontestabilidad o cláusula de indisputabilidad la cláusula en pólizas de seguro de vida que especifica que después que la póliza ha estado en vigor durante un período determinado, por lo general dos o tres años, el asegurador no puede utilizar las representaciones falsas importantes contenidas en la solicitud para invalidar la póliza ni para rechazar una reclamación, a menos que tales representaciones falsas sean fraudulentas.
      • Cláusula de muerte accidental y desmembramiento generalmente especifica que un determinado monto del beneficio asegurado se pagará si, debido a un accidente, el asegurado pierde dos extremidades o la visión de ambos ojos.
      • Cláusula de posición o de categoría [militar] es un tipo de exclusión por riesgos de guerra el cual excluye pago de beneficios por cualquier perdida ocurrida mientras que el asegurado se encuentre prestando el servicio militar
      • Cláusula de préstamo contra la póliza otorga al dueño de un seguro de vida o de una póliza de renta vitalicia el derecho a obtener un préstamo por un monto que no exceda el valor neto en efectivo (acumulado) de la póliza menos los intereses sobre el préstamo correspondientes a un año.
      • Cláusula de no repetición: mediante esta disposición la aseguradora se obliga a indemnizar sin subrogar (sin transferir la responsabilidad ni el pago del siniestro) a personas o empresas especificadas en la póliza. Suele ser utilizado en seguros de accidentes personales.
      • Cláusula de rehabilitación establece que el asegurador rehabilitará una póliza que ha caducado por no pago de primas, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.
      • Cláusula de renovación (1) otorga al dueño de la póliza el derecho a renovar la cobertura de seguro al final del plazo especificado sin presentar evidencia de asegurabilidad (2) describe las circunstancias bajo las cuales el asegurador tiene derecho a rehusarse a renovar o a cancelar la cobertura y a aumentar la tarifa de prima de la póliza.
      • Cláusula de retiro contra la póliza permite al dueño de la póliza reducir el monto del valor en efectivo de la póliza retirando hasta ese monto en efectivo.

CNP Assurance Seguros: Compañía de seguros de vida. M.T.de Alvear 1541 (1060) CABA Tel 5811-7900/7942/43.

Coaseguro: cuando dos o mas aseguradoras acuerdan aseguran un mismo riesgo de un mismo tomador. Se determina una compañía “Piloto” que fija las condiciones y luego se acuerdan los porcentajes en que las demás aseguradoras participan en el negocio. Se hacen pólizas coaseguradas para riesgos corporativos.

Cobertura de gastos médicos proporciona beneficios para pagar el tratamiento de las enfermedades y lesiones de un asegurado.

Cobertura de ingresos por invalidez otorga un beneficio determinado de reemplazo de ingresos periódicos a un asegurado que pierde su capacidad de trabajar debido a una enfermedad o lesión accidental.

Cobertura de renta familiar un plan de seguro temporal decreciente que ofrece un monto de beneficio en rentas mensuales al cónyuge que sobrevive al asegurado si el asegurado fallece dentro del plazo de la cobertura.

Combinado familiar: sinónimo de seguro de hogar.

Compañía cedente o compañía que suscribe directamente es la compañía que busca reasegurar un riesgo.

Compañía de seguros por acciones una compañía de seguros que es propiedad de personas que compran acciones de capital en la compañía, conocidos como los accionistas.

Comercio, El: Compañía de seguros generales. Maipú 71, Planta Baja (1084) CABA Tel 4394-9111/9292 ó 4324-1300/1400.

Condición preexistente una lesión que ocurrió o una enfermedad que se manifestó por primera vez antes de la emisión de la póliza y que no fue revelada en la solicitud.

Consolidar Seguros: Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. Independencia 169, Piso 2° (1099) CABA Tel 4131-4100.

Convenio de reaseguro es el documento legal entre la compañía cedente y la reaseguradora, que especifica los riesgos que serán reasegurados y los plazos y las condiciones del reaseguro, incluido el plan de reaseguro.

Contrato de seguro: documento por el cual el Asegurador se obliga, mediante el pago de una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.

Copan: Compañía de seguros generales. Diagonal 77 N° 448 (1900) La Plata Tel. 0221  422-1626.

Crédito a la exportación: es un seguro cuyo objetivo es cubrir los riesgos asociados con las operaciones de exportación, indemnizando las pérdidas por incobrabilidad que experimenten las empresas y productores que participan del comercio internacional.

Cristales: cobertura ante las rajaduras o roturas, sufridos por todos los cristales de su casa que están colocados en posición vertical (por ejemplo: vidrios de puertas, ventanas y espejos).

Curva de mortalidad corresponde a un gráfico lineal que representa la tasa de mortalidad, según sus cambios de una edad a otra.


D&O (directors and officers – directores y gerentes): es un seguro que tiende a cubrir la responsabilidad de directores y gerentes de empresas en el desarrollo de su actividad. La cobertura suele ser muy amplia pero podemos enumerar los siguientes puntos:

      • Mala administración del capital social.
      • Incumplimiento de los Estatutos Sociales.
      • Realización de inversiones inadecuadas.
      • Falta de verificación y firma de documentos.
      • Distribución improcedente o abusiva de dividendos.
      • Facilitar información incorrecta
      • Decisiones erróneas en supuesto de fusiones y adquisiciones.
      • Asunción de obligaciones que la sociedad no puede afrontar.
      • Infidelidad de empleados.

Daños por agua al mobiliario: La acción directa del agua sobre el mobiliario a causa de filtración, derrame o escape, como consecuencia de la rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación destinada a contenerla.

Daño parcial: cubre los daños (abolladuras, roturas, rayaduras, etc) que pudiera sufir el vehículo en un accidente con otro auto o solo, por lo general esta cobertura tiene una participación del asegurado en el siniestro, es decir la aseguradora cubre a partir de cierto monto del costo de reparación.

Declaración anual es un reporte que contiene información detallada de contabilidad y datos estadísticos que reguladores de la industria utilizan para evaluar la solvencia de las compañías de seguros y su conformidad con las leyes respectivas relacionadas con la industria del seguro.

Declaración jurada: elemento utilizado para reemplazar a una inspección del riesgo asegurable en el que el mismo proponente realiza una autoevaluación del activo a asegurar respondiendo a preguntas de la aseguradora.

Deducible: es la participación monetaria del asegurado en el siniestro, es decir, valor que se encuentra a cargo del asegurado en caso de producirse el siniestro.

Demografía las características de una población, como el número de matrimonios, nacimientos, divorcios, familias con doble ingreso, hogares con un solo padre, jubilaciones y la edad de la población en general.

Denuncia: El tomador, o derechohabiente en su caso, comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo. El asegurador  no podrá alegar el retardo o la omisión si interviene en el mismo plazo en las operaciones de salvamento o de comprobación del siniestro o del daño.

El asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin.

Departamento actuarial es el departamento de una compañía de seguro responsable de ver que las operaciones de la compañía sean conducidas sobre una base matemática. Junto con otros departamentos, diseñan y revisan los productos de seguro de vida y salud que ofrece la compañía. El departamento actuarial calcula primas, dividendos, determina cuales deben ser las reservas de los pasivos y el monto de los préstamos. También predice las tasas de mortalidad y morbilidad, establece pautas para la selección de riesgos y determina la productividad de los productos de la compañía.

Departamento de administración de reclamos el departamento en una compañía de seguros el cual es responsable de la tramitación de reclamos. En este departamento, los examinadores de los reclamos revisan los reclamos presentados por los contratantes de las pólizas o beneficiarios, verifican la validez del reclamo, y autorizan el pago de los beneficios a la persona adecuada.

Departamento de inversiones en una compañía de seguros examina el mercado financiero, recomienda las estrategias de investigación al comité de investigación de la compañía, y administra las inversiones de la compañía de acuerdo a las políticas establecidas por la junta directiva y el comité de inversiones de la compañía.

Departamento de selección de riesgos o suscripción en una compañía de seguros este departamento selecciona los riesgos que una compañía asegurará. Es responsable de asegurar que las tasas de mortalidad o morbilidad reales de los asegurados de la compañía no sobrepasen las tasas supuestas cuando se calcularon las tasas de las primas. El seleccionador de riesgos considera la edad, peso, condición física, historia personal y familiar, ocupación y recursos financieros del solicitante, como también, otros factores de selección para determinar el grado de riesgo presentado por el asegurado propuesto. Este departamento puede participar además en la negociación y administración de los contratos de reaseguro, a través de los cuales una compañía de seguros transfiere una parte o todo el riesgo del seguro a otra compañía de seguros.

Derecho de emisión: forma parte de la estructura de costo de la póliza, supone ser un monto destinado a cubrir los gastos de confección del contrato.

Derecho de revocación el derecho del dueño de la póliza a cambiar la designación de beneficiario cuantas veces lo desee durante la vigencia de la póliza.

Destrucción total (Daño total): la aseguradora indemnizará al titular del vehículo ante una destrucción total del mismo, existen dos formas de determinarla, una es cuando el valor de los restos no supera el 20% del valor del vehículo en plaza y la otra es cuándo el costo de reparación es superior al 80% del valor del vehículo en plaza.

Diversificación la estrategia de inversión a través de la cual las compañías compran varios tipos distintos de inversiones para disminuir la probabilidad de que el mal desempeño de cualquier inversión individual tenga un efecto negativo significativo en la cartera de la compañía

Dividendo de la póliza la participación del propietario de una póliza en el excedente divisible.

Duplicidad de seguros: ocurre cuando existen dos (o más) contratos de seguros para el mismo bien. Legalmente, no puede pretender cobrarse indemnización a varias compañías, es considerado fraude. Solo en seguros de vida pueden tenerse tantas pólizas como se quiera y para seguros patrimoniales pueden existir riesgos coasegurados por dos o más compañías que se reparten el riesgo.


El Progreso: Compañía de seguros generales. Av. Córdoba 2522, PB (1120) CABA. Tel 4961-3680.

El Surco: Compañía de seguros generales. Av. de Mayo 701, piso 19º (1084) CABA Tel 5252-1600.

Embarcaciones de placer: seguros destinados a cubrir naves de placer: lanchas y barcos de uso particular. Entre las coberturas más frecuentes encontramos: responsabilidad civil, pérdida total y parcial por inundación e incendio,

Emisión: proceso por el cual la aseguradora da forma escrita al contrato de seguros, su resultado es la póliza (emisión de póliza).

Endoso: modificación a la póliza, pueden implicar correcciones, aumentos o disminuciones de coberturas o anulación.

Enfermedad profesional: Una enfermedad profesional es aquella producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales establecido por el Decreto Nº 658/96 (clic) y su norma modificatoria Decreto Nº 1167/03 (clic) en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades. Si la enfermedad no se encuentra en el listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la ART, el Empleador Autoasegurado o el Empleador no asegurado, y será la Comisión Médica la que definirá si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.

Escudo Seguros: Compañía de seguros generales. Av. Corrientes 330, Piso 4º (1043) CABA Tel 4394-9494.

Evidencia de asegurabilidad prueba que una persona es un riesgo asegurable.

Excedente divisible el excedente disponible para distribución a los propietarios de las pólizas con participación.

Exclusiones describen las circunstancias bajo las cuales el asegurador no pagará el producto de la póliza después de la muerte del asegurado.

Experiencia de mortalidad el número de muertes que se produce efectivamente en un grupo dado de asegurados.


Factores agravantes en son los aspectos que tienden a aumentar las probabilidades de ocurrencia de un siniestro.

Factores de riesgo cualquier aspecto de la salud, ocupación, actividades o estilo de vida del asegurado propuesto que podría incrementar la morbilidad o mortalidad esperada. También conocido como problema de salud específico.

Federacion Patronal: Compañía de seguros generales, vida y ART. Avda. 51 nro. 770 (1900) La Plata Tel (0221)429-0200.

Fianzas de créditos: Compañía de seguros de cauciones, Bouchard 557/599 Piso 11º (1106) CABA Tel 5554-9000.

Flota: seguro colectivo de autos, se aseguran bajo una misma póliza varios autos generando una sola factura y por lo general mejores costos por cantidad.

Formulario de reclamación es una solicitud para el pago de los beneficios contemplados bajo una póliza de seguros.

Franquicia: usualmente es entendido como sinónimo de deducible, aunque no lo es. Corresponde a una suma por encima de la que la compañía comienza a indemnizar. Por ejemplo en Argentina, los seguros de responsabilidad civil para transporte público de pasajeros tienen una franquicia de $40.000, es decir que la empresa de colectivos pagará por los siniestros hasta esa suma y la compañía pagará todo lo que la exceda hasta la suma asegurada ($10.000.000 para el ejemplo propuesto).


Ganado en pie: cobertura de seguros destinada a proteger hacienda, por muerte, robo y responsabilidad civil durante su transporte.

Garantía (o seguro de caución): es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste.

Galicia Seguros: Compañía de seguros generales. Maipú 241, Piso 1º (1084) CABA Tel  4114-8000.

Garantía Mutual de Seguros: Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Tucumán 359, Piso 7º (1049) CABA Tel 5353-0020.

Garantía extendida: es un seguro que protege bienes durables prologando la garantía del fabricante y cubriendo las fallas de producción del equipo por el periodo establecido en la póliza.

Guardián es un término usado para describir al médico de atención primaria que actúa como el médico personal o familiar del asegurado y el que autoriza los otros servicios que deben ser prestados por otros médicos o especialistas que pertenecen a la red de una organización de manutención de salud.

Gastos de explotación (GDE): forma parte de la estructura de costos, como componente de la prima; se refiere a los gastos administrativos de la aseguradora.

Gastos de adquisición (GDA): forma parte de la estructura de costos, como componente de la prima, se refiere a los gastos de comercialización de la aseguradora.

Gastos extraordinarios: es una cobertura de seguros de hogar y comercios que funciona a consecuencia de un siniestro indemnizable, cubriendo erogaciones en las que el asegurado deba incurrir y que no estén especificadas en otras coberturas de la póliza.

Generali Seguros: Compañía de seguros generales. Reconquista 458, Piso 3° (1003) CABA Tel 4857-7942.

Granizo: cobertura de seguros destinada a cubrir los daños producidos por la caída de piedra graniza. Existen coberturas de granizo para: autos, edificios, campos y cereales en silo bolsa.


Hogar (seguro de): se trata de una póliza integral ya que integra varias coberturas destinadas a proteger la vivienda familiar. Las principales coberturas son: incendio edificio, incendio contenido, robo contenido, todo riesgo para equipos electrónicos, rotura de cristales, responsabilidad civil privada, asistencia al hogar, entre otras.

Hamburgo Seguros: Compañía de seguros generales. Independencia 56, Santiago del Estero, Tel (0385) 422-0100.

Hanseatica: Compañía de seguros de transporte. Avenida Leandro N Alem 690, Piso 15º (1001) Caba Tel 5353-2600.

Horizonte: Compañía de seguros generales, vida y ART. San Martin 442 (8500) Viedma Tel (02920)43-0555.

HSBC La Buenos Aires (y HSBC NYL): Compañía de seguros generales y vida. Florida 229 10º  Tel 4348-5600.

Hurto: apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, ajena en todo o en parte, realizado sin fuerza en las cosas, ni violencia o intimidación en las personas.


Integral: el término integral, se refiere a una póliza que contiene muchas coberturas en un mismo contrato. Existen integrales de comercio, consorcio, hogar, bancario entre otros. Dentro de un integral se suelen incluir coberturas de incendio, robo, seguro técnico, responsabilidad civil, entre las más frecuentes.

Incendio: combustión espontanea que produce llama de fuego.

Industria de servicios financieros está compuesta por instituciones financieras que ayudan a los consumidores y a las organizaciones comerciales a ahorrar, solicitar préstamos, invertir y administrar sumas de dinero.

Instituto Asegurador Mercantil: Compañía de seguros generales. Av. Belgrano 774/76 (1092) CABA Tel. 4334-1111.

Interés dinero que debe ser pagado por el uso de un dinero obtenido.

Interés asegurable sucede cuando el dueño de la póliza debe tener probabilidades de sufrir una pérdida o perjuicio genuino en caso de ocurrir el suceso contra el cual está asegurado.

Interés: creado un derecho que ha entrado en vigor y que no puede ser alterado ni modificado sin el consentimiento de la persona a la cual le asiste el derecho.

Interacción: Compañía de seguros de ART. Sarmiento 2038 (1044) CABA. Tel  5354-6800.

Invalidez parcial la invalidez que impide al asegurado llevar a cabo alguna de las tareas de su ocupación habitual o dedicarse a esa ocupación a tiempo completo. El monto correspondiente al beneficio de ingresos por invalidez que se paga cuando un asegurado está afectado por invalidez parcial se describe en la póliza.

Invalidez presunta una condición declarada que, si está presente, se traduce automáticamente en que el asegurado sea considerado totalmente inválido; por lo tanto, el asegurado recibirá el monto completo del beneficio de ingresos proporcionado bajo la póliza, aún si reanuda un empleo de tiempo completo en una ocupación anterior. Ejemplos de invalidez presunta son ceguera total y permanente, pérdida del uso de dos extremidades.

Invalidez total la definición de invalidez total que se incluye en la mayoría de las pólizas de ingreso por invalidez que se emiten en la actualidad, estipula que se considera que un asegurado sufre invalidez total si al inicio de la invalidez ésta le impide realizar las labores esenciales de su ocupación habitual. Al final de un período determinado después del inicio de la invalidez, generalmente dos o cinco años, se considera que un asegurado sufre invalidez total sólo si esta condición le impide trabajar en cualquier ocupación para la cual se encuentra preparado en forma razonable, en términos de educación, capacitación o experiencia.

Indemnización: Contraprestación a cargo del Asegurador en caso de producirse el siniestro.

Interés asegurable: Interés económico, legal y substancial de quien desee contratar una póliza a los fines de cubrir un riesgo . Es el objeto del contrato.

Interés técnico: Porcentaje mínimo de rentabilidad que un Asegurador garantiza en las bases técnicas de cada modalidad del Seguro de Vida.


Jugadores de golf: existe una cobertura destinada a cubrir los riesgos de esta actividad. Entre las coberturas más destacadas encontramos:

      • Daño o pérdida de palos
      • Equipo de golf (cubriendo robo, incendio y daño del equipo)
      • Hoyo en uno: En el caso que el Asegurado , durante el desarrollo del juego en una competencia reconocida por la Asociación Argentina de Golf , realizado al primer Golpe ( hoyo en uno) , estarán cubiertos los gastos habituales para esta ocasión, hasta el límite indicado.
      • Responsabilidad civil: Se cubre la Responsabilidad Civil del Asegurado respecto a accidentes causados por él mientras estuviere jugando al golf en cualquier cancha de golf reconocida por la Asociación Argentina de Golf, situada en la República Argentina y resulte en lesiones corporales y/o muerte de terceras personas o daños materiales a cosas de terceros.

Liquidador Persona especializada en la evaluación y cálculo de los costos de los Daños y Averías ocurridos durante Siniestros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras, o mediante su participación en juicios y otro tipo de conflictos judiciales.

La Dulce Seguros: Compañía de seguros. 24 esq. 29 (7637) LA DULCE (N.OLIVERA) Tel (02264)43-2101

La equitativa del Plata: Compañía de seguros generales. Carlos Pellegrini 1069 (1009) CABA Tel 4328-1041/49 4328-2626

La Holando Sudamericana: Compañía de seguros generales, vida y ART. Sarmiento 309, Piso 5º (1041) CABA Tel 4321-7600

La Meridional: Compañía de seguros generales. Tte. Gral. J. D. Perón 646, Piso 4º (1038) CABA Tel 4909-7000

La Nueva: Compañía de seguros generales. Mitre 4046 CABA 4982-5061/5251/5331

La Perseverancia: Compañía de seguros generales. Colón esquina E.Betolaza (7500) Tres Arroyos Tel (02983) 43-0780

La Segunda: Compañía de seguros generales, vida y ART. Brig. Gral. J. M. de Rosas 957 (2000) Rosario, Tel (0341)420-1000

Liberty: Compañía de seguros generales, vida y ART. Balcarce 358, CABA Tel 4346-0400

Liderar: Compañía de seguros generales, vida y ART. Reconquista 585, 2º Piso (1003) CABA Tel  5258-6100


Mala praxis (o Responsabilidad civil profesional): es una cobertura que protege el patrimonio del profesional frente a la necesidad de responder a un reclamo o demanda efectuada por un pacientes o cliente en razón de la responsabilidad civil derivada del ejercicio legal de la profesión.  Existe responsabilidad civil profesional o mala praxis para las siguientes profesiones:

      • Médicos (todas las especialidades) y profesionales de la salud
      • Arquitectos
      • Ingenieros
      • Abogados
      • Administradores de consorcio
      • Contadores
      • Escribanos
      • Administradores de empresas
      • Administradores para un negocio determinado
      • Directores de empresas (D&O)

Existen dos modalidades de pólizas de mala praxis: en base a ocurrencia o clames made.

Marine: usualmente se denomina “Marine” a los seguros de transporte marítimo. Ver Transporte.

Mapfre: Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. Juana Manso 205 (1107) CABA Tel  4320-6700

Metlife: Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. J.D. Perón 646, Piso 6º (1038) CABA Tel 4348-7800

Metropol: Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. Avenida Rivadavia Nº 16.976 ( 1706) Haedo, Tel 4443-3830/3827


Nulidad: La nulidad es, en Derecho, una situación genérica de invalidez del acto jurídico, que provoca que una norma, acto jurídico, acto administrativo o acto judicial deje de desplegar sus efectos jurídicos, retrotrayéndose al momento de su celebración. Para que una norma o acto sean nulos se requiere de una declaración de nulidad, expresa o tácita y que el vicio que lo afecta sea coexistente a la celebración del mismo.

Nacion Seguros: Compañía de seguros generales. San Martín 913, Piso 5º (1004) CABA Tel 4319-9900

Noble Seguros: Compañía de seguros generales. Sarmiento 539, Piso 8° (1041) CABA Tel 5239-2030


Obra de arte (seguros de): cobertura destinada a cuadros y/o pinturas y/u obras de arte y/o muebles antiguos y/o joyas y/o monedas y/o metales preciosos ó semipreciosos de todo tipo, propios, y/o arrendados y/o comprados. Por lo general se otorga cobertura de Todo Riesgo (Incendio, Robo y Daños). Puede darse en dos modalidades: 1) en lugar fijo, que generalmente son anuales y son para obras de arte que se encuentran en lugar fijo. Ejemplo: despacho de algún funcionario o una casa. 2) Las que por lo general se las conoce como “de clavo a clavo”. Son por períodos cortos y cubren tránsito (siempre que las realice el mismo asegurado, porque si las realiza un transportista hay que complementarla con un seguro de transporte). Ejemplo: Obras de un determinado autor o museo que se trasladan para una exposición por un período de tiempo determinado

Orbis: Compañía de seguros generales. Av. Boedo 119 (1206) CABA Tel 5861-8150


Parana: Compañía de seguros generales. Maipu 215 CABA Tel 4320-0000 4326-0300

Pensión: ingresos mensuales vitalicios pagados a una persona que se ha jubilado o retirado.

Período de impugnación: tiempo limitado durante el cual el asegurador está facultado para impugnar u objetar la validez de una póliza a causa de una representación falsa en la solicitud.

Período de vigencia del beneficio: aquél durante el cual se pagará el beneficio de los ingresos. Las coberturas de ingresos por invalidez se clasifican como de corto o largo plazo, dependiendo de la longitud del período de vigencia del beneficio. Frecuente en seguros de vida.

Plazo de la póliza: un período de tiempo especificado en el cual la cobertura de todos los productos del seguro temporal, son ofrecidos. Frecuente en seguros de vida.

Plazo garantizado: el plazo establecido, durante el cual el asegurador efectuará pagos de beneficios. Frecuente en seguros de vida.

Plenaria: Compañía de seguros de vida. Tte. Gral. J. D. Perón 949, Piso 9º (1038) CABA Tel 4393-9850/9688

Póliza: un documento escrito que contiene los términos del contrato entre la compañía de seguros y el contratante de la póliza.

Póliza cancelable: otorga al asegurador el derecho a poner término a la póliza en cualquier momento.

Póliza clasificada: es una póliza emitida a una persona clasificada como representando una probabilidad de pérdida a un nivel superior al promedio. La póliza puede ser emitida (a) con exclusiones especiales, (b) con una tasa de prima más alta que la tasa para pólizas normales o (c) con exclusiones y una tasa más alta que las pólizas normales. Frecuente en seguros de vida.

Póliza con participación: el propietario de la póliza participa en el excedente divisible de la compañía de seguros. Frecuente en seguros de transporte.

Póliza de renovación garantizada: el asegurador está obligado a renovar una póliza mientras se cumpla con el pago de las primas por lo menos hasta que el asegurado alcance la edad límite estipulada en la póliza. La mayoría de las pólizas individuales de renovación garantizada son renovables hasta que el asegurado cumpla 60 ó 65 años; algunas son renovables hasta los 70 años de edad o durante toda la vida del asegurado. Frecuente en seguros de vida.

Póliza de renovación automática: la aseguradora siempre renovará el contrato de seguros por un periodo igual al transcurrido, a menos que el asegurado indique lo contrario.  Frecuente en seguros de autos, hogar y vida.

Póliza de renovación opcional: el asegurador tiene derecho a rehusarse a renovar una póliza en ciertas fechas especificadas en la misma, generalmente la fecha de aniversario de la póliza o cualquier fecha de vencimiento de una prima. Frecuente en pólizas de integrales de comercio, todo riesgo operativo, robo y otros riesgos corporativos.

Póliza de renta familiar: cuando las compañías de seguro incluyen también la cobertura de renta familiar como aspecto principal de una póliza de seguro de vida entera.

Póliza de seguro de vida: una póliza según la cual la compañía de seguros se compromete a pagar un beneficio cuando muere la persona asegurada.

Póliza de seguro de vida temporal: decreciente aquella que disminuye a lo largo del plazo de la cobertura. El beneficio por muerte de la póliza comienza como un monto fijo nominal y luego disminuye a lo largo del plazo de cobertura de acuerdo con algún método estipulado en la póliza.

Póliza de seguro de vida temporal uniforme: aquella que otorga un beneficio por muerte que permanece constante durante el plazo de la póliza.

Póliza de seguro individual: una póliza emitida para asegurar la vida o salud de una persona designada.

Póliza de seguro temporal convertible: la póliza otorga a su dueño el derecho a convertir la póliza temporal en un plan de seguro ordinario.

Póliza de seguro temporal renovable: la póliza otorga a su dueño la opción de renovarla al final del período de la póliza.

Póliza de vida entera: de pago limitado una póliza de vida entera en la cual las primas son pagaderas sólo hasta el vencimiento de un plazo determinado o hasta la muerte del asegurado

Póliza de vida entera de prima continua: una póliza de seguro cuyas primas se pagan hasta que ocurra la muerte del asegurado

Póliza de vida entera de prima modificada: la prima anual de la póliza cambia después de un período inicial especificado, esta prima anual inicial es más baja y luego aumenta a un monto establecido levemente más alto que la prima habitual. Este aumento de la prima anual debe ser pagado por el resto del período de la póliza.

Póliza de vida entera de prima única: un tipo de póliza de pago limitado que requiere de un solo pago de prima.

Póliza familiar corresponde a una póliza de seguro de vida entera que incluye cobertura de seguro de vida temporal sobre el cónyuge y los hijos del asegurado.

Póliza no cancelable tiene una renovación garantizada hasta que el asegurado alcance la edad límite estipulada en la póliza.

Póliza saldada una póliza que no requiere de ningún pago de prima adicional.

Pólizas de prima escalonada exigen tres o más niveles de pagos de prima anuales, aumentando en determinados momentos.

Préstamo contra la póliza un préstamo que el contratante de la póliza puede recibir y el cual es garantizado por el valor en efectivo de la póliza.

Prevencion: Compañía de seguros de ART. Av. Independencia 301 Sunchales, Santa Fe. Tel (03493) 42-8600

Previnca: Compañía de seguros de vida. Entre Ríos 537 Rosario, Tel (0341) 426-2201/3800

Prima un monto específico de dinero que recibe una compañía de seguros a cambio de su promesa de ofrecer el beneficio de la póliza cuando una pérdida específica ocurre.

Prima inicial el primer pago efectuado por el contratante de la póliza en calidad de consideración por un contrato de seguro de vida o de salud.

Primas de renovación corresponden a primas pagaderas después de la prima inicial, constituyen una condición para la continuidad de la póliza.

Primas uniformes el monto de cada prima pagada por el contratante de la póliza permanece igual durante todo el período de pago de las primas.

Primer riesgo absoluto: Si contratamos un seguro con esta modalidad, la indemnización del siniestro será hasta el valor del siniestro sufrido y como tope máximo la suma asegurada. Ejemplo, si aseguré mi casa por robo contenido $10.000 y sufro un siniestro, la aseguradora pagará hasta esa suma en concepto de indemnización.

Privilegio de conversión permite al dueño de la póliza cambiar o convertir la póliza de seguro temporal a un plan de seguro ordinario sin proporcionar evidencia de que el asegurado sea un riesgo asegurable.

Producto o beneficios el monto de dinero que una compañía de seguros está obligada a pagar para la liquidación de una póliza de seguro de vida, seguro dotal, o renta vitalicia.

Productor asesor de seguros: Persona, habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), que realiza la intermediación entre quien quiere contratar el seguro y la entidad Aseguradora. Es el que ejerce la actividad de intermediación promoviendo la concertación de contratos de seguros, asesorando a las personas o empresas Asegurables.

Profru (Productores de fruta): Compañía de seguros generales. Anchorena 670 (1170) CABA Tel  4862-8296

Propietario la persona o empresa propietaria de la póliza, conocido también como contratante.

Propuesta (o solicitud): Instrumento donde se especifica la naturaleza del riesgo al Asegurador, sus características, el importe que se desea asegurar, etc. A través de este, el Asegurador aceptará o rechazará el riesgo tras el estudio de dicha propuesta.

Prorrata: Si contratamos un seguro con esta modalidad, la indemnización del siniestro parcial, será como consecuencia de la relación entre el valor asegurado y el valor real del bien al momento del siniestro. Si el siniestro fue total, la aseguradora indemnizara hasta el valor de la suma asegurada y “no” hasta el valor de mercado. Por ejemplo, tomo un seguro de incendio por $100.000 y al momento del siniestro el valor del inmueble es de $200.000, la proporción entre estos valores es de 50% (valor real dividido por suma asegurada), por lo que la aseguradora tomará esa proporción aplicándola sobre la suma asegurada. Me indemniza por $50.000 (50% por $100.000) Art 65 ley 17.418.

Protección Mutual: Compañía de seguros de transporte público de pasajeros. San Luis 3130 (1186) CABA Tel 4129-7300

Provincia Seguros: Compañía de seguros generales, vida y ART. Carlos Pellegrini 71 (1009) CABA Tel 4346-7300

Prudencia Seguros: Compañía de seguros generales. Lavalle 579 CABA Tel 11 5235-8816

Prudential: Compañía de seguros de vida. Av. L. N. Alem 855, Piso 5º (1001) CABA Tel 4891-5000


QBE: Compañía de seguros de ART. Vera 565 (1414) CABA Tel 5281-5900


Rio Uruguay: Compañía de seguros generales. Congreso de Tucumán N°21 (3260) Concepción del Uruguay Tel (03442)42-0200

RSA Group (Royal & Sun Alliance): Compañía de seguros generales. Lima 653 CABA Tel 4339-0000

Reaseguro: Hecho mediante el cual el Asegurador transfiere parte del riesgo asumido al contratar un seguro, y por el que recibirá parte del pago que deberá realizar en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El Reaseguro no evita el riesgo, pero resarce al Asegurador en la medida de lo convenido, parte del pago que realiza al Asegurado por los daños que el siniestro provoca.

Recargo: Aumento de la prima que se cobra al Asegurado para poder asumir riesgos mayores que lo normal.

Rehabilitación: Una vez que el asegurado ha realizado el pago correspondiente por el período vencido se rehabilita la cobertura, es decir que adquiere nuevamente la vigencia de la misma, la que surtirá efecto desde la hora cero (0) del día siguiente a aquel en que la aseguradora reciba el pago del importe vencido.

Renovación automática: Acuerdo entre las partes por el cual el seguro se prorroga tácitamente por un nuevo período de vigencia.

Renta financiera: Sucesión de un número determinado de pagos constantes, ciertos y pagaderos al fin o al inicio de cada período, calculados teniendo en cuenta una cierta tasa de interés.

Recisión: Finalización del contrato en una fecha anterior a la prevista; produce efectos a futuro.

Reservas: Provisión constituida por las entidades Aseguradoras para atender las obligaciones contraídas con sus Asegurados.

Reticencia: Toda declaración falsa de circunstancias conocidas por el Asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el Asegurador se hubiese cerciorado del verdadero estado del riesgo, puede hacer nulo el contrato, es decir, lo deja sin efecto desde su inicio.

Responsabilidad Civil: es la obligación o compromiso que tienen las personas, físicas o morales, de reponer la propiedad de otra persona, cuando se sea responsable del daño o menoscabo en la propiedad de otros.

Riesgo: Probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de póliza.

Riesgos no asegurables: Aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las Aseguradoras, por ser contrarios a la Ley.

Reclamante: la persona que presenta una reclamación. Esta persona puede ser el contratante de la póliza, el beneficiario o una persona que actúe en representación del contratante de la póliza o el beneficiario.

Reclamo: una solicitud de pago bajo los términos de la póliza.

Retiro (seguro de): es un tipo de cobertura dentro de los seguros de vida. La póliza contiene un fondo de ahorro que puede ser rescatado por el asegurado bajo las condiciones expuestas en la póliza.

Renta vitalicia: En su forma onerosa típica, el contrato de renta vitalicia obliga a una de las partes a entregar a la otra un capital (dinero u otros bienes muebles o inmuebles) a cambio de lo cual ésta asume el compromiso de pagarle una renta de por vida. Pero nada se opone a la constitución de una renta vitalicia gratuita, en cuyo caso el contrato configura una donación (art. 1810, inc. 5Q).

Robo: es el delito cometido contra la propiedad privada por el que se toma con o sin violencia, lo que no le pertenece.


San Cristobal: Compañía de seguros generales y vida. Italia 646, Rosario, Tel  (0341) 420-2000

Sancor: Compañía de seguros generales y vida. Av. Independencia 333, Sunchales Santa Fe, (03493) 42-8500/0151

Santander Río: Compañía de seguros generales y vida. 25 de Mayo 140, Piso 1º (1002) CABA Tel 4345-2400

Segurcoop: Compañía de seguros generales. Reconquista 379, Piso 5º (1003) CABA Tel  4394-3119

Seguro: El contrato de seguro es el medio por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato. El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley. El contratante o tomador del seguro, que puede coincidir o no con el asegurado, por su parte, se obliga a efectuar el pago de esa prima, a cambio de la cobertura otorgada por el asegurador, la cual le evita afrontar un perjuicio económico mayor, en caso de que el siniestro se produzca.El contrato de seguro es consensual; los derechos y obligaciones recíprocos de asegurador y tomador, empiezan desde que se ha celebrado la convención, aún antes de emitirse la «póliza» o documento que refleja datos y condiciones del contrato de seguro. Al realizar un contrato de seguro, se intenta obtener una protección económica de bienes o personas que pudieran en un futuro sufrir daños.

Segurometal: Compañía de seguros generales. Alvear 930, Rosario, Tel (0341) 424-6036/6056/6171

Siniestro: la ocurrencia del suceso amparado en la póliza de seguros, comenzando las obligaciones a cargo del asegurador. Las mismas en la mayor parte de los casos es el pago de una cantidad de dinero, pudiendo tratarse también de una prestación de servicios, asistencia médica, jurídica, reparación de un daño, etc. El siniestro se puede definir también como la avería, destrucción fortuita o pérdida importante que sufren las personas o la propiedad, y cuya materialización se traduce en indemnización.

Seguro por cuenta ajena: aquellos seguros en los que el Asegurado no es el tomador del seguro, sino un tercero determinado o indeterminado que adquiere los derechos derivados del contrato.

SMG Seguros: Compañía de seguros generales, vida y ART. Av. del Libertador 1068, Piso 7° (1112) CABA Tel 5239-6300

Sobreprima: recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados.

Subrogación: derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al Asegurador hasta el monto de la indemnización que abone. El Asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho del Asegurador.

Solicitante: la persona o empresa que solicita una póliza de seguro.


Tablas de morbilidad: Tablas estadísticas que reflejan la incidencia de las enfermedades en un determinado grupo de personas.

Tablas de mortalidad: Tablas estadísticas que reflejan la probabilidad de fallecimiento de las personas en función de sus edades.

Tomador: Persona que contrata el seguro con el Asegurador. Generalmente en los seguros individuales el tomador contrata el seguro por cuenta propia, uniéndose así en una persona dos figuras (Tomador o Contratante y Asegurado). Por el contrario el seguro es por cuenta ajena cuando el tomador es distinto del Asegurado; esta situación es típica en los seguros colectivos.

Transporte: el seguro de transporte combina coberturas destinadas a proteger la mercadería durante el viaje carga y descarga. Los riesgos más comunes son: robo, choque, incendio, vuelco, desbarrancamiento, incendio, perdida de frío, inundación, entre otras.

TPC Seguros: Compañía de seguros generales. Av. Belgrano 634, Piso 9° (1092) CABA Tel 4876-5300.

Triunfo Seguros: Compañía de seguros generales. San Martín 1902 Mendoza, Tel (0261) 441-0422.

Terceros Completo: es la cobertura más clásica en seguros de auto, ampara al auto asegurado por responsabilidad civil,  robo y hurto total y parcial, incendio en forma total y parcial y se incluye el daño total.

Todo Riesgo: Es la combinación de coberturas más completa en seguros para autos; ampara al auto por responsabilidad civil,  robo y hurto total y parcial, incendio total y parcial, daño total y también daño parcial. Existen muchas variantes de pólizas Todo Riesgo, su diferencia radica en el alcance de la cobertura de daño parcial que se cubre con deducibles. La máxima protección se da con la póliza Todo Riesgo sin deducible o franquicia, en la que la compañía cubrirá cualquier daño que sufra el vehículo sin participación del asegurado.

Terceros Totales: esta cobertura para autos, ampara al vehículo por responsabilidad civil,  robo y hurto total e incendio en forma total.


Ubicación del riesgo: lugar físico donde se encuentra el riesgo asegurado.


Valores garantizados: aplicable a los Seguros de Vida Individual. Transcurridos 3 años desde la celebración del contrato y hallándose el Asegurado al día en el pago de las primas, podrá en cualquier momento exigir, de acuerdo con los planes técnicamente aprobados por la autoridad de contralor:

      • Seguro saldado: convertir el seguro en otro saldado por una suma reducida o de plazo menor.
      • Rescate: monto que percibe el Asegurador en caso de rescindir la póliza, y que corresponde al importe de la reserva matemática constituida sobre el riesgo, con las deducciones que correspondan.

Vencimiento de la póliza: fecha pactada en el contrato para la finalización del mismo.

Vigencia: plazo durante el cual el contrato está en vigor y el Asegurado se encuentra cubierto.

Victoria Seguros: Compañía de seguros generales. Florida 556 PB (1005) CABA Tel 4322-1100.

Valor de reposición: en seguros de auto, es el valor de mercado del mismo.


XL Insurance: Compañía de seguros generales. Reconquista 559, Piso 8º (1003) CABA Tel 4312-8600.


Zurich Seguros: Compañía de seguros generales. Cerrito 1010 CABA Tel 48191000





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